Micelio

Artículo 14

Decreto 868 de 1999 · por el cual se atribuyen unas bandas de frecuencias para el establecimiento dentro del territorio nacional de redes radioeléctricas de distribución punto multipunto de banda ancha, se establecen los procedimientos para otorgar los títulos habilitantes y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Revocación del titulo habilitante. Además de las causales previstas en el respectivo título habilitante y en la ley, son causales especiales de revocación las siguientes

1.

Cuando el titular no inicia operaciones en el término previsto o no da cumplimento a la cobertura exigida.

2.

Cuando el titular manifiesta su intención de no continuar ejerciendo los derechos derivados del título habilitante. Conforme con lo establecido en el Decreto-ley 1900 de 1990 y en el Código Contencioso Administrativo, el Ministerio de Comunicaciones podrá mediante resolución motivada declarar administrativamente la revocación del título habilitante en los casos de infracción al ordenamiento de las telecomunicaciones contemplados en la ley y en este decreto, sin perjuicio de las sanciones e inhabilitades previstas en la ley y de las causales de incumplimiento que se prevean en el respectivo título.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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