Hácense las siguientes relaciones en el presupuesto la vigencia fiscal en curso:
MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIAS (FOMENTÓ)
Capítulo 75.
Capítulo 118.
Del artículo 1581. Ordinal B). Para el puente de Honda.
Capítulo 72.
Al artículo 696. Para sueldos del personal de la superintendencia nacional de cooperativas y sus dependencias, en el año
Al artículo 702. Para sueldos del personal del departamento de propiedad industrial, en el año.
Capítulo 114.
Al artículo 1571. Para pavimentación y adquisición de equipo para los puertos terminales marítimos de Barranquilla y Cartagena, en el año.