Requisitos para la obtención de la autorización . Las Cajas de Compensación Familiar y las demás personas jurídicas interesadas en prestar servicios de empleo como agencia de gestión y colocación, deberán indicar en la solicitud el lugar o lugares en donde prestarán los servicios y acompañarán la solicitud con los siguientes documentos
Copia del acto de constitución para personas de derecho privado o la disposición legal o reglamentaria, por la cual se establece como función de la persona de derecho público la labor de intermediación laboral;
Certificado de existencia y representación legal;
Reglamento de prestación de servicios;
Póliza de seguro de cumplimiento de disposiciones legales a favor del Ministerio del Trabajo, otorgada por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, por un valor asegurado de cien (100) salarios mínimos legales vigentes, con el fin de garantizar el cumplimiento de las disposiciones legales por parte de la Agencia de Colocación de Empleo, relacionadas con dicha actividad, en especial lo previsto en los artículos 95 y siguientes de la Ley 50 de 1990 y en el presente decreto. La respectiva póliza debe depositarse en la Subdirección de Promoción y Generación de Empleo del Ministerio del Trabajo.
La agencia que preste los servicios de gestión y colocación de empleo para reclutar o colocar oferentes de mano de obra en el extranjero, deberá contar con autorización especial, otorgada por el Ministerio de Trabajo, previo el cumplimiento de los requisitos que fije dicho Ministerio mediante resolución.
Se exceptúa de la constitución de la póliza a las personas de derecho público que constituyan agencias públicas de colocación.