Tanto la Caja de Crédito Agrario como las letras agrarias, acciones, bonos, etc., de la institución, y las operaciones que esta ejecute, estarán exentas de impuestos nacionales, departamentales y municipales, y de toda clase de contribuciones. Además gozará la Caja de todas las ventajas que le da la ley como instituciones de utilidad pública.
El Gobierno podrá garantizar las obligaciones de la Caja Agraria.