Dependencia económica de los beneficiarios. La carencia de medios de subsistencia y dependencia económica de que trata el artículo 132 del Decreto 1213 de 1990, como condición para reconocimiento y pago de las prestaciones a favor de los hermanos menores de edad, deberá comprobarse mediante la presentación de copia auténtica de uno de los siguientes documentos: la última declaración de renta o certificado de ingresos o retenciones del Agente fallecido o certificado de la Administración de Impuestos Nacionales en el sentido de que no declaran renta ni patrimonio. CAPITULO V. Desaparecidos y prisioneros.
Decreto 1022 de 1992 →Vigente
Artículo 37
Dependencia Económica De Los Beneficiarios
Decreto 1022 de 1992 · por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 1213 de 1990, Estatuto del personal de Agentes de la Policía Nacional.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.