Micelio

Artículo 11

De Conformidad Con El Artículo 21 De La Ley 88 De 1928 Y El Artículo 21 Del Decreto-Ley 190 De 1969, Los Departamentos, Intendencias, Comisarías, El Distrito Especial De Bogotá Y Los Municipios No Podrán Imponer Gravámenes Sobre La Fabricación, Consumo Y Venta De Cervezas Nacionales

Decreto 294 de 1969 · Por el cual se reglamenta el Decreto-ley 190 de 1969

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De conformidad con el artículo 21 de la Ley 88 de 1928 y el artículo 21 del Decreto-ley 190 de 1969, los Departamentos, Intendencias, Comisarías, el Distrito Especial de Bogotá y los Municipios no podrán imponer gravámenes sobre la fabricación, consumo y venta de cervezas nacionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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