Aviso Sobre El Disfrute De Vacaciones Hasta Tanto Permanezcan Los Hechos Que Dieron Lugar A La Emergencia Económica, Social Y Ecológica, El Empleador Dará A Conocer Al Trabajador, Con Al Menos Un (1) Día De Anticipación, La Fecha A Partir De La Cual Le Concederá Las Vacaciones Anticipadas, Colectivas O Acumuladas
Decreto 488 de 2020 · Por el cual se dictan medidas de orden laboral, dentro del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Aviso sobre el disfrute de vacaciones Hasta tanto permanezcan los hechos que dieron lugar a la Emergencia Económica, Social y Ecológica, el empleador dará a conocer al trabajador, con al menos un (1) día de anticipación, la fecha a partir de la cual le concederá las vacaciones anticipadas, colectivas o acumuladas. De igual manera el trabajador podrá solicitar en el mismo plazo que se le conceda el disfrute de las vacaciones.
JURISPRUDENCIA
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.