ARTICULO 30. Salvo expresa autorización legal, las modificaciones de las plantas de personal de los órganos a que se refiere el artículo 4o. del presente Decreto que impliquen incremento del valor de los costos de la planta a financiar con recursos del Presupuesto General de la Nación, entrarán en vigencia únicamente a partir del 1° de enero de 1995.
Decreto 2660 de 1993 →Vigente
Artículo 30
Salvo Expresa Autorización Legal, Las Modificaciones De Las Plantas De Personal De Los Órganos A Que Se Refiere El Artículo 4o
Decreto 2660 de 1993 · por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 1994, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.