Artículo cuarto. Los ordenadores secundarios que adquieran compromisos en exceso de la distribución hecha por el respectivo ordenador principal, quedarán sujetos a las contingencias previstas en el artículo 55 de la Ley 42 de 1923 y a las consignadas en el artículo 106 del Decreto legislativo número 164 de 1950.
Decreto 799 de 1951 →Vigente
Artículo 4
De La Ley 42 De 1923 Y A Las Consignadas En El Artículo 106 Del Decreto Legislativo Número 164 De 1950
Decreto 799 de 1951 · Por el cual se dictan algunas normas para la ejecución del Presupuesto
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.