El Administrador Tesorero entregará por riguroso inventario a la Junta de Canalización o a la Comisión de su seno que ella nombre, el taller y sus dependencias, el almacén y los elementos que en él existan, y todas las dragas y vehículos de propiedad de la Canalización que existan en el río. De los buques y dragas que se hallen a grandes distancias de Barranquilla se puede hacer la entrega por medio de comisionados.
Decreto 797 de 1915 →Vigente
Artículo 31
El Administrador Tesorero Entregará Por Riguroso Inventario A La Junta De Canalización O A La Comisión De Su Seno Que Ella Nombre, El Taller Y Sus Dependencias, El Almacén Y Los Elementos Que En Él Existan, Y Todas Las Dragas Y Vehículos De Propiedad De La Canalización Que Existan En El Río
Decreto 797 de 1915 · Por el cual se crea una Junta de Canalización y se reorganiza este servicio en el río Magdalena
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.