°. Modifíquese el artículo 1° del Decreto 1028 de 2015, en el sentido de adicionar a la escala gradual porcentual para el personal de oficiales, suboficiales, miembros del nivel ejecutivo y agentes de la Fuerza Pública, el grado de Teniente General o Almirante de Escuadra, el cual tendrá como sueldo básico mensual el noventa y ocho punto cuarenta y cinco por ciento (98.4500%) con respecto a la asignación básica del grado de General.
Decreto 2207 de 2015 →Vigente
Artículo 1
Modifíquese El Artículo 1° Del Decreto 1028 De 2015, En El Sentido De Adicionar A La Escala Gradual Porcentual Para El Personal De Oficiales, Suboficiales, Miembros Del Nivel Ejecutivo Y Agentes De La Fuerza Pública, El Grado De Teniente General O Almirante De Escuadra, El Cual Tendrá Como Sueldo Básico Mensual El Noventa Y Ocho Punto Cuarenta Y Cinco Por Ciento (98
Decreto 2207 de 2015 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto número 1028 del 22 de mayo de 2015.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.