Micelio

Artículo 19

Seguimiento A La Gestión Administrativa De Los Fondos Para El Subsidio Familiar De Vivienda De Interés Social

Decreto 1956 de 1997 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 49 de 1990 y la Ley 3° de 1991.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Seguimiento a la Gestión Administrativa de los Fondos para el Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social. La Superintendencia del Subsidio Familiar conjuntamente con el Ministerio de Desarrollo Económico, evaluarán trimestralmente de acuerdo con los informes de que trata el artículo anterior, el desempeño de las Cajas de Compensación Familiar, en todo lo relativo a la administración y manejo del Fondo y en general de la gestión que desarrollen las cajas en ejecución de la política de vivienda y adoptarán las medidas a que haya lugar. CAPITULO V Disposiciones Finales

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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