Micelio

Artículo 3

Desde La Fecha Del Traslado De Las Oficinas De La Superintendencia A Chiquinquirá; Los Empleados Superiores De La Empresa Devengarán Las Asignaciones Mensuales Siguientes: El Superintendente $ 600 El Administrador 300 El Cajero 250 El Secretario Revisor 250 El Jefe De Talleres 200 El Contador 170 El Contador De Almacén 160 El Abogado 250 El Jefe De Estadística 200 Los Empleados No Mencionados En El Presente Decreto, Continuarán Con Las Mismas Asignaciones Actuales

Decreto 98 de 1927 · Por el cual se dictan algunas disposiciones relativas a la sección segunda del ferrocarril central del Norte

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Desde la fecha del traslado de las oficinas de la Superintendencia a Chiquinquirá; los empleados superiores de la empresa devengarán las asignaciones mensuales siguientes: El Superintendente $ 600 El Administrador 300 El Cajero 250 El Secretario Revisor 250 El Jefe de talleres 200 El Contador 170 El Contador de Almacén 160 El Abogado 250 El Jefe de Estadística 200 Los empleados no mencionados en el presente Decreto, continuarán con las mismas asignaciones actuales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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