Micelio

Artículo 6

Ley 110 de 1912 · Por el cual se sustituyen el Código Fiscal y las leyes que lo adicionan y reformanVigente Parcial

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Departamentos y Los Municipios en que se divide la Nación tienen sus respectivas Haciendas que se rigen en cuanto a su organización, administración y disposición, por las ordenanzas o acuerdos respectivos, dentro de los límites prescritos por la Constitución o la Ley.

REGLAS GENERALES PARA SU ADMINISTRACIÓN Y DISPOSICIÓN

De la administración de los bienes nacionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 110 de 1912