Articulo 3º. Declárense de utilidad pública las actividades industriales relacionadas con la exploración, explotación, concentración, refinación y distribución de las sustancias a que se refieren las anteriores disposiciones. En consecuencia, podrán decretarse por el Ministerio de Minas y Petróleos, a petición de parte legítimamente interesada, las expropiaciones necesarias para el ejercicio y desarrollo de tales actividades.
Decreto 2638 de 1955 →Vigente
Artículo 3
Declárense De Utilidad Pública Las Actividades Industriales Relacionadas Con La Exploración, Explotación, Concentración, Refinación Y Distribución De Las Sustancias A Que Se Refieren Las Anteriores Disposiciones
Decreto 2638 de 1955 · Por el cual se dictan normas sobre descubrimiento, explotación, beneficio y distribución de las sustancias radioactivas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.