Art. 2.° La Plana mayor de la Division i la de los cuerpos espresados, con escepcion del batallon Boyacá, tendrán la organización i pié que les dan los decretos de 8 de enero i 17 de julio del corriente año.
Decreto 18690817 de 1869 →Vigente
Artículo 2
Decreto 18690817 de 1869 · Reduciendo el pie de fuerza para el tiempo de paz
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.