Articulo 1º Para efecto de lo establecido en el artículo 4 º , ordinal 1º de la Ley 2º de 1936 , entiéndese por certificación la actuación escrita del Cónsul mediante la cual en ejercicio de sus funciones da fe de la existencia de hechos o actos que figuren en los libros, registros, archivos del consulado o que le consten de cualquier otro modo.
Decreto 3187 de 1983 →Vigente
Artículo 1
Para Efecto De Lo Establecido En El Artículo 4 º , Ordinal 1º De La Ley 2º De 1936 , Entiéndese Por Certificación La Actuación Escrita Del Cónsul Mediante La Cual En Ejercicio De Sus Funciones Da Fe De La Existencia De Hechos O Actos Que Figuren En Los Libros, Registros, Archivos Del Consulado O Que Le Consten De Cualquier Otro Modo
Decreto 3187 de 1983 · Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 2ª de 1936 y dictan otras disposicioes.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.