° Créase, dependiente del Ministerio del Trabajo, la Oficina de Relaciones Internacionales, que tendrá a su cargo las labores de coordinación y estudio de la legislación y del movimiento del trabajo domésticos con los desarrollos internacionales en ese ramo. Las gestiones con los organismos internacionales se tramitarán por conducto del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Decreto 380 de 1957 →Vigente
Artículo 1
Créase, Dependiente Del Ministerio Del Trabajo, La Oficina De Relaciones Internacionales, Que Tendrá A Su Cargo Las Labores De Coordinación Y Estudio De La Legislación Y Del Movimiento Del Trabajo Domésticos Con Los Desarrollos Internacionales En Ese Ramo
Decreto 380 de 1957 · Por el cual se crea la Oficina de Relaciones Internacionales del Trabajo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.