Micelio

Artículo 34

Cargue De Información Financiera En El Sistema De Información Para El Saneamiento Por Parte De La Superintendencia Nacional De Salud

Decreto 521 de 2020 · Por el cual se establecen los criterios para la estructuración, operación y seguimiento del saneamiento definitivo de los recobros por concepto de servicios y tecnologías de salud no financiados con cargo a la UPC del régimen contributivo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Cargue de información financiera en el sistema de información para el saneamiento por parte de la Superintendencia Nacional de Salud . La Superintendencia Nacional de Salud, con el fin de facilitar la verificación de la depuración de los estados financieros, dentro de los dos (2) meses siguientes a la expedición de este decreto, cargará al sistema de información para el presente proceso de saneamiento, dispuesto por el Ministerio de Salud y Protección Social, la totalidad de la información que, a partir de diciembre de 2018, le haya sido reportada por las entidades recobrantes e IPS en cumplimiento de lo dispuesto por la Circular 16 del 2016.

Parágrafo

La Superintendencia Nacional de Salud actualizará la información en la medida en que cuente con nuevos reportes por parte de las entidades recobrantes e IPS.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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