La Industria Militar tendrá un Auditor que actuará como Revisor Fiscal y será nombrado por el Contralor General de República.
Decreto 592 de 1955 →Vigente
Artículo 27
La Industria Militar Tendrá Un Auditor Que Actuará Como Revisor Fiscal Y Será Nombrado Por El Contralor General De República
Decreto 592 de 1955 · Por el cual se aprueban unos Estatutos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.