Micelio

Artículo 45

Decreto 1505 de 1987 · por el cual se reglamenta el Sistema Salarial de Evaluación por Méritos para Instructores y Supervisores -SSMIS- del SENA, establecido por el Decreto-ley número 187 de 1987.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO DE RELACIONES INDUSTRIALES O QUIEN HAGA SUS VECES EN CADA REGIONAL. En relación con la aplicación del SSEMIS, este Departamento o quien haga sus veces, tendrá las siguientes funciones

1.

Distribuir los formularios de solicitud de evaluación y los de inscripción de los productos técnico-pedagógicos.

2.

Recibir las solicitudes de evaluación de los Instructores y Supervisores.

3.

Asignar puntajes a los factores experiencia, educación, capacitación técnica y pedagógica y evaluación del desempeño y presentar los resultados al Comité Regional del SSEMIS.

4.

Incorporar en la planta de personal a los Instructores y Supervisores que deban reubicarse salarialmente, como resultado de la aplicación del SSEMIS.

5.

Efectuar los respectivos registros y comunicar a los Instructores y Supervisores las resoluciones de incorporación

6.

Administrar los procesos de registro y control de la información relacionada con el SSEMIS. CAPITULO VII. DISPOSICIONES VARIAS.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1505 de 1987