°. El presente decreto entra en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y modifica el gravamen arancelario establecido en los artículos 1° de los Decretos 2917 de agosto 12 de 2011 y 4927 de diciembre 26 de 2011.
Decreto 765 de 2012 →Vigente
Artículo 3
El Presente Decreto Entra En Vigencia A Partir De La Fecha De Su Publicación En El Diario Oficial Y Modifica El Gravamen Arancelario Establecido En Los Artículos 1° De Los Decretos 2917 De Agosto 12 De 2011 Y 4927 De Diciembre 26 De 2011
Decreto 765 de 2012 · por el cual se modifican parcialmente el Decreto 2917 de 2011 y el Arancel de Aduanas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.