El acceso a la Universidad, en armonía con sus posibilidades, no podrá estar limitado por consideraciones de raza, credo, sexo o condición económica o social. Estará siempre abierta a quienes en ejercicio de la igualdad de oportunidades demuestren poseer las capacidades requeridas y cumplan las condiciones académicas exigida en cada caso. CAPITULO II Del patrimonio y fuentes de financiación.
Decreto 2332 de 1982 →Vigente
Artículo 18
Decreto 2332 de 1982 · Por el cual se expide el Estatuto General de la Universidad Surcolombiana
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.