Micelio

Artículo 14

Decreto 1159 de 1999 · por el cual se fusiona el Instituto Colombiano de Comercio Exterior, INCOMEX, con el Ministerio de Comercio Exterior

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Oficina de Estudios Económicos. Son funciones de la Oficina de Estudios Económicos las siguientes

1.

Asesorar y estudiar la incidencia de las políticas cambiaría, monetaria, fiscal, crediticia y sectorial sobre el comercio exterior y efectuar las recomendaciones del caso.

2.

Estudiar las tendencias, desarrollos y perspectivas del comercio internacional por productos y mercados.

3.

Asesorar en temas relacionados con las tasas de cambio e interés, la inflación, el empleo y demás indicadores económicos.

4.

Analizar periódicamente la evolución económica y los principales indicadores de los más importantes socios comerciales de Colombia, así como las políticas y programas que adelantan en materia de comercio exterior.

5.

Mantener actualizado el observatorio económico con el fin de garantizar la información indispensable para la toma de decisiones.

6.

Asesorar en materia de competitividad de los bienes, servicios y tecnología colombianos en los mercados internacionales.

7.

Analizar periódicamente el costo de los factores que inciden en la competitividad de las exportaciones colombianas frente a las de terceros países tales como tasa de cambio, mano de obra, tarifas de transporte, puertos y servicios públicos.

8.

Adelantar con los comités sectoriales del Ministerio diagnósticos sobre la competitividad de los bienes, servicios y tecnología colombianos en los mercados internacionales.

9.

Evaluar el comportamiento de las importaciones y exportaciones y el impacto de las mismas en la producción nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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