Micelio

Artículo 41

Decreto 503 de 1981 · Por la cual se dictan unas disposiciones sobre expedición de pasaportes

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los depósitos bancarios hechos para la adquisición de libretas de pasaportes que no hubieren sido utilizados en el término de tres (3) meses, ingresarán a la Cuenta de Fondos Especiales del Ministerio de Relaciones Exteriores y contra dicha Cuenta se ordenará la devolución de los mismos depósitos a los usuarios que lo solicitaren.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 503 de 1981