El armador de toda nave extranjera que arribe al puerto, debe tener un agente marítimo acreditado en el país.
Los agentes marítimos de las naves serán representantes de sus propietarios o armadores, para todos los efectos legales.
Agente Marítimo De La Nave Extranjera
Decreto 410 de 1971 · POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE COMERCIO
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
El armador de toda nave extranjera que arribe al puerto, debe tener un agente marítimo acreditado en el país.
Los agentes marítimos de las naves serán representantes de sus propietarios o armadores, para todos los efectos legales.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.