Micelio

Artículo 1

Decreto 110 de 1909 · Por el cual se dicta una disposición

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Segrégase de la Dirección General de Aduanas la Oficina del Ramo Fluvial en el Ministerio de Hacienda y Tesoro, la cual continuará como anteriormente, a cargo de un Jefe y un Oficial Escribiente, con las mismas asignaciones que hoy tienen.

Parágrafo

Para el desempeño de dichas funciones continuarán los empleados que al efecto fueron nombrados. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 110 de 1909