ARTICULO 61. Las solicitudes de modificación de ruta deberán llenar los requisitos establecidos en el artículo 49 de este Decreto, con excepción del literal h).
Decreto 1600 de 1990 →Vigente
Artículo 61
Las Solicitudes De Modificación De Ruta Deberán Llenar Los Requisitos Establecidos En El Artículo 49 De Este Decreto, Con Excepción Del Literal H)
Decreto 1600 de 1990 · por el cual se dicta el estatuto de transporte público terrestre automotor de pasajeros y mixto por carretera.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.