Micelio

Artículo 1

Decreto 2551 de 1948 · Por el cual se nacionaliza el Dispensario Antituberculoso de Neiva y se crea el Dispensario de Montería

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. A partir del primero de mayo de 1948 nacionalízase el Dispensario Antituberculoso de la ciudad de Neiva, con el siguiente personal y asignaciones mensuales: Un Médico $ 500.00 Dos Enfermeras, a $ 150 cada una 300.00 Una Encargada de Estadística 120.00 Un Portero-Salonero 80.00

Parágrafo 1

De la partida destinada para sostenimiento del Centro de Higiene se pagarán los gastos menores que demande este servicio.

Parágrafo 2

Destínase la suma de $ 2.240 para cancelar las deudas que por concepto de sueldos tiene el mencionado Dispensario con el personal a su servicio, de acuerdo con las asignaciones fijadas en el contrato que la Nación tenía con el Departamento del Huila.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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