º Establecimientos de crédito autorizados para contratar. De conformidad con los artículos 1.1.1.1.1., 1.1.1.1.2. y 1.1.1.1.6. del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, las sociedades fiduciarias podrán celebrar contratos para el uso de sus redes de oficinas con los establecimientos bancarios, las corporaciones de ahorro y vivienda, las corporaciones financieras, las compañías de financiamiento comercial y los organismos cooperativos de grado superior de carácter financiero.
Decreto 2239 de 1991 →Vigente
Artículo 2
º Establecimientos De Crédito Autorizados Para Contratar
Decreto 2239 de 1991 · por el cual se reglamentan las operaciones que adelanten las sociedades fiduciarias a través de la red de oficinas de los establecimientos de crédito.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.