Micelio

Artículo 26

Los Profesores Principales Tienen Derecho A Las Cátedras Que Desempeñan, Y No Las Perderán Sino Por Mala Conducta O Por Nombramiento De Otro Profesor, Hecho En El Ministerio Del Ramo

Decreto 481 de 1918 · Por el cual se aprueba el Reglamento para la Facultad de Matemáticas e Ingeniería de la Universidad Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Profesores principales tienen derecho a las cátedras que desempeñan, y no las perderán sino por mala conducta o por nombramiento de otro Profesor, hecho en el Ministerio del Ramo.

Parágrafo

Se considera como mala conducta para el efecto de perder el derecho a desempeñar una cátedra, conforme a la ley, la circunstancia de que un Profesor deje sin justa causa, a juicio del Consejo Directivo, de dar las conferencias respectivas más quince días seguidos, o de que cometa faltas que estén en pugna con la moral y las buenas costumbres.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 481 de 1918