Los Profesores principales tienen derecho a las cátedras que desempeñan, y no las perderán sino por mala conducta o por nombramiento de otro Profesor, hecho en el Ministerio del Ramo.
Se considera como mala conducta para el efecto de perder el derecho a desempeñar una cátedra, conforme a la ley, la circunstancia de que un Profesor deje sin justa causa, a juicio del Consejo Directivo, de dar las conferencias respectivas más quince días seguidos, o de que cometa faltas que estén en pugna con la moral y las buenas costumbres.