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Artículo 5

Funciones De Los Fondos Mixtos Para La Promoción De La Cultura Y De Las Artes Departamentales, Distritales, Municipales Y De Los Territorios Indígenas

Decreto 1493 de 1998 · por el cual se reglamenta la participación del Ministerio de Cultura en la creación de los Fondos Mixtos para la Promoción de la Cultura y las Artes, así como para realizar aportes y celebrar convenios con los mismos y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Funciones de los Fondos Mixtos para la Promoción de la Cultura y de las Artes Departamentales, Distritales, Municipales y de los Territorios Indígenas . El Ministerio de Cultura podrá participar en la creación de nuevos fondos, realizar aportes y celebrar convenios con los existentes o con los que se creen, siempre y cuando éstos tengan entre sus funciones las siguientes

1.

Planificar y desarrollar estrategias, planes y proyectos que les permitan canalizar e invertir recursos que contribuyan al fortalecimiento del sector cultural de su territorio.

2.

Finalizar programas y proyectos que se enmarquen en el contexto de los planes de desarrollo cultural y cumplan con los parámetros establecidos en el Reglamento Operativo de la Financiación de Fondos Mixtos de Cultura y los lineamientos que dentro de este marco definan los Consejos de Cultura.

3.

Promover la descentralización y democratización en la distribución de sus recursos teniendo en consideración las distintas regiones de la entidad territorial y sus manifestaciones culturales.

4.

Articular sus recursos en la financiación de proyectos con similares del Sistema Nacional de Cofinanciación y los provenientes de la Ley 60, regalías, y la Red de Solidaridad, entre otros.

5.

Desarrollar y adelantar políticas de promoción, difusión y fortalecimiento del Sistema Nacional de Cultura y de los programas del Ministerio de Cultura.

6.

Conformar y operativizar el Banco de Programas y Proyectos y efectuar el seguimiento y evaluación de estos en especial los financiados con sus recursos, de conformidad con los lineamientos del subsistema de gestión cultural.

7.

Promover la creación y el fortalecimiento de industrias y empresas culturales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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