Artículo treinta y nueve. El término de las medidas indicadas en el artículo 37 se aumentará de una sexta parte a la mitad, si para obtener la apropiación se hubiere inducido a otro en error por medio de artificios o engaños, o abusado de la debilidad de un menor, o en perjuicio de persona que posea escasos bienes, y de una tercera parte al doble. Si para conseguirla se hubiere empleado violencia a las personas o a las cosas, o amenazas tendientes a asegurar el provecho u obtener impunidad, o aprovechado una calamidad pública o un peligro común; o se hubiere realizado conjuntamente por tres o más personas, o por una o más que simularen ser autoridad; o se tratare de ganados de pura raza o importado, o de semovientes cuyo valor unitario sea superior a mil pesos.
Decreto 14 de 1955 →Vigente
Artículo 39
Se Aumentará De Una Sexta Parte A La Mitad, Si Para Obtener La Apropiación Se Hubiere Inducido A Otro En Error Por Medio De Artificios O Engaños, O Abusado De La Debilidad De Un Menor, O En Perjuicio De Persona Que Posea Escasos Bienes, Y De Una Tercera Parte Al Doble
Decreto 14 de 1955 · Por el cual se dictan disposiciones sobre prevención social
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.