Micelio

Artículo 12

Ley 32 de 1911 · Por la cual se reorganiza la Escuela Central de Artes y Oficios (Asilo de Niños Desamparados) de Bogotá

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno destinará de preferencia á cualquier otro uso, para la Escuela Central de Artes y Oficios, el local que ésta actualmente ocupa, situado en la carrera 16, y en consecuencia, procederá á adaptarlo al fin indicado, pudiendo gastar con este objeto y por conducto del Ministerio de Instrucción Pública., hasta la suma de $ 4,000 anuales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 32 de 1911