Micelio

Artículo 3

Transitorio

Decreto 603 de 2004 · por el cual se amplía la vigencia de algunos subsidios familiares de vivienda de interés social.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Transitorio. Giro de los subsidios . A partir de la fecha de promulgación del presente decreto y hasta el 30 de abril de 2004, los recursos de subsidios de vivienda asignados por el Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, el Fondo Nacional de Vivienda y/o por las Cajas de Compensación Familiar, que no hayan sido cobrados, ni desembolsados durante el 2003 y 2004, podrán válidamente ser entregados al solicitante por las entidades que tengan a su cargo el giro de los mismos; lo anterior, siempre y cuando la escritura pública haya sido otorgada ante notario público durante la vigencia del subsidio e inscrita ante la Oficina de Registro competente al momento del cobro.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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