Ley 98 de 1920 · por la cual se crean Juzgados y casas de reforma y corrección para menores.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
El Gobierno reglamentará la institución y dispondrá lo conveniente a fin de que sea y se la considere como una casa de educación, y no como cárcel o presidio. Proveerá lo conveniente a fin de que los menores estén separados de las niñas, ya sea en el mismo edificio o en edificios distintos.
Disposiciones generales
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.