Transitorio. El Gerente General podrá perfeccionar los compromisos de venta de los activos ofrecidos por el Fondo Nacional de Caminos Vecinales, a los funcionarios que en virtud de lo establecido en los Decretos 2171 de 1992 y 1820 de 1993 se les suprimió el cargo, o a quienes en virtud del presente Decreto se desvinculen del Fondo.
Decreto 2128 de 1995 →Vigente
Artículo 22
Decreto 2128 de 1995 · por el cual se organiza el Fondo Nacional de Caminos Vecinales.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.