Micelio

Artículo 2.12.3.17.2

Certificación Del Monto A Distribuir

Decreto 1068 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Certificación del monto a distribuir. La distribución anual de los recursos, convertidos a Unidades Fonpet, con corte a 31 de diciembre de cada vigencia, se hará con base en el monto de reservas acumuladas, registrado con cargo a las fuentes “Fondo Nacional de Regalías” en el sistema de información del Fonpet, sobre el 50% de los recursos del FNR que ingresaron al Fonpet, en los términos señalados por el inciso 3° del artículo 48 de la Ley 863 de 2003. Esta información será suministrada por la Dirección General de Regulación Económica de la Seguridad Social (DRESS) del Ministerio de Hacienda y Crédito Público al Departamento Nacional de Planeación. (Artículo 2° Decreto 3250 de 2011)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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