El periodo de los representantes de los accionistas en la Junta Directiva será de dos años, pero podrán ser reelegidos indefinidamente.
Decreto 1733 de 1972 →Vigente
Artículo 24
El Periodo De Los Representantes De Los Accionistas En La Junta Directiva Será De Dos Años, Pero Podrán Ser Reelegidos Indefinidamente
Decreto 1733 de 1972 · Por el cual se aprueban los Estatutos de Artesanías de Colombia S.A
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.