Micelio

Artículo 5

Los Agraciados Durarán En El Goce De Estas Pensiones Mientras El Cuerpo Legislativo No Disponga Otra Cosa, Y Tienen Derecho A Cobrarlas Desde El Día 1° De Abril Próximo Venidero En Adelante

Decreto 20 de 1906 · Por el cual se conceden unas pensiones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Los agraciados durarán en el goce de estas pensiones mientras el Cuerpo Legislativo no disponga otra cosa, y tienen derecho a cobrarlas desde el día 1° de Abril próximo venidero en adelante.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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