Micelio

Artículo 21

Excepciones

Decreto 330 de 2018 · Por el cual se fijan las escalas de asignación básica de los empleos que sean desempeñados por empleados públicos de la Rama Ejecutiva, Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible, Empresas Sociales del Estado, del orden nacional, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Excepciones . Las normas del presente Capítulo no se aplicarán, salvo disposición expresa en contrario

a)

A los empleados públicos del Ministerio de Relaciones Exteriores que prestan ser­vicio en el exterior.

b)

Al personal docente de los distintos organismos de la Rama Ejecutiva que se rijan por normas especiales.

c)

A los empleados públicos de las entidades que tienen sistemas especiales de remu­neración legalmente aprobados.

d)

Al personal de las Fuerzas Militares y a los empleados civiles del Ministerio de Defensa Nacional, que no se rigen por el Decreto 1042 de 1978 y demás normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan.

e)

Al personal de la Policía Nacional y a los empleados civiles al servicio de la misma. Al personal Carcelario y Penitenciario. CAPÍTULO II Prima de seguridad y sobresueldo para algunos empleos del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) y otras disposiciones

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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