Micelio

Artículo 2.3.1.3.6.66.4

Requisitos

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Requisitos. Además de los requisitos mínimos contemplados en el artículo 2.3.1.3.3.1, son necesarios los siguientes requisitos para el otorgamiento de la Medalla Militar "Servicios Distinguidos al Desarrollo de Operaciones y Actividades Espaciales AD ASTRA”: a) Para el personal de oficiales y suboficiales

1.

Que hayan prestado sus servicios al desarrollo de operaciones y actividades espaciales de la Fuerza Aérea Colombiana como mínimo tres (3) años continuos de manera sobresaliente.

2.

Que las tareas desarrolladas hayan sido de impacto en el proceso y en el logro de los objetivos estratégicos institucionales, en la ejecución de operaciones y actividades espaciales. b) Para los servidores públicos del Sector Defensa: 1. Que tengan mínimo cinco (5) años de servicio, en los cuales hayan desarrollado tareas de impacto en el proceso y en el logro de los objetivos estratégicos institucionales y en el desarrollo de operaciones y actividades espaciales. c) Para personal de Profesionales Oficiales de la Reserva, Personal de la Reserva Activa, Unidades Militares, Personal Civil del Sector Defensa, Personal de Entidades Públicas y Privadas, e Instituciones de derecho público, privado y particulares, personalidades nacionales y extranjeras 1. Que hayan prestado servicios en beneficio del desarrollo e innovación de la Nación y la Fuerza Aérea Colombiana. 2. Que reúnan condiciones morales, éticas, profesionales y personales ejemplares.

3.

Que por su posición y méritos se hayan hecho acreedores a esta gracia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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