Micelio

Artículo 12

Decreto 600 de 1996 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 141 de 1994 en lo que se refiere al recaudo, distribución y transferencia de las regalías de la explotación de carbón, metales preciosos y concentrados polimetálicos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Regalía Anticipada. Cuando se haya pactado contractualmente el pago de regalías anticipadas a la producción, ésta se amortizará de la regalía efectiva, máximo en un cincuenta por ciento (50%) de la producción de cada trimestre. En igual forma se procederá en las distribuciones y transferencias de regalías de ley. Lo anterior no aplica para los contratos en ejecución en los que se pactó anticipo, cuya distribución se amortizará contra la producción.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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