Micelio

Artículo 4

Reporte De Información Y Afectación De Los Saldos Registrados Como Reintegro A Favor De La Nación

Decreto 2712 de 2014 · por el cual se reglamenta parcialmente los artículos 92, 98 y 101 del Estatuto Orgánico del Presupuesto y el artículo 261 de la Ley 1450 de 2011.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Reporte de información y Afectación de los saldos registrados como reintegro a favor de la Nación. La entidad ejecutora presentará al Ministerio de Hacienda y Crédito Público un informe mensual del estado de la ejecución de recursos públicos a través de patrimonios autónomos, con corte al mes anterior. El primer informe será con fecha de corte 30 de noviembre de 2014, y deberá certificar los saldos disponibles, de acuerdo a la definición del inciso tercero del artículo 1°. Para los informes sucesivos, se discriminará la siguiente información

1.

Saldos iniciales registrados en la DGCPTN.

2.

Ingreso por nuevos aportes girados de la Nación.

3.

Rendimientos Financieros por aportes Nación.

4.

Gastos con cargo a recursos Nación por adquisición de bienes y/o servicios del proyecto de inversión.

5.

Obligaciones exigibles de pago con cargo al proyecto de inversión al fin de mes.

6.

Saldos al fin de mes de recursos a registrar a favor de la Nación en la DGCPTN. Dicha información deberá ser remitida dentro de los primeros diez (10) días hábiles de cada mes, con fecha de corte del mes anterior. Con base en la información reportada por la entidad ejecutora, la DGCPTN procederá a la actualización de los registros contables de los saldos de que trata el artículo 1° del presente decreto.

Parágrafo

La entidad ejecutora pública será responsable de implementar los mecanismos de información tendientes a obtener del administrador del patrimonio autónomo el estado de ejecución de los recursos del proyecto que administra, con las especificaciones, características y periodicidad requerida. La entidad ejecutora pública será la única responsable de la veracidad de los reportes contables remitidos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2712 de 2014