Micelio

Artículo 14

Elaboración De Los Cronogramas De Los Sorteos Ordinarios Y Extraordinarios

Decreto 2975 de 2004 · por el cual se reglamenta la Ley 643 de 2001 en lo relativo a la modalidad del juego de lotería tradicional o de billetes.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Elaboración de los cronogramas de los sorteos ordinarios y extraordinarios . El Ministerio de la Protección Social en coordinación con la Superintendencia Nacional de Salud o la entidad que haga sus veces elaborará, de acuerdo con la propuesta allegada por las entidades operadoras del juego y con lo dispuesto en el presente decreto, el cronograma anual de sorteos ordinarios y extraordinarios, el cual se dará a conocer antes del 1° de diciembre de cada año. Si la propuesta no fuere presentada oportunamente, esta omisión se entenderá como la aceptación voluntaria de la entidad operadora del sorteo en lo que sobre el particular disponga el Ministerio de la Protección Social, el cual, en todo caso, deberá elaborar el cronograma de acuerdo con lo prescrito en la normatividad vigente y sin excluir a ningún organismo habilitado por la ley para realizar sorteos de lotería tradicional.

Parágrafo

Cuando sea creada una entidad, el representante legal de esta presentará al Ministerio de la Protección Social la propuesta para la realización de los sorteos que se efectuarán en lo que resta del año en curso, a fin de que, con arreglo a lo dispuesto en el presente Decreto, sean fijadas en el cronograma las fechas correspondientes. Si se trata de una nueva asociación, mientras el Ministerio dispone la asignación respectiva, cada entidad asociada podrá continuar realizando los sorteos individuales a que tuviere derecho, siempre y cuando no se encuentre sometida a un proceso de liquidación o enajenación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2975 de 2004