Si la obra fuere inédita, se presentará a la Oficina de Registro un solo ejemplar de ella, en copia escrita a máquina, sin enmiendas ni raspaduras ni entrerrenglones y con la firma autenticada del autor, debidamente empastada. Si la obra inédita es teatral o musical será suficiente presentar una copia del manuscrito, también con la firma autenticada del autor, debidamente empastada.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.