Micelio

Artículo 3

Decreto 499 de 1955 · Por la cual se modifica el decreto 1423 de 1954

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. Son funciones del Consejo Directivo de la Universidad Pedagógica de Colombia

a)

Elegir los Decanos, los Profesores y los Directores de los Institutos y Escuelas y servicios universitarios que constituyan la Universidad.

b)

Aprobar los presupuestos de la Universidad y de cada una de sus dependencias.

c)

Aprobar los contratos que celebre la Universidad y cuentas que excedan de quinientos pesos. ch) Aceptar o repudiar donaciones, herencias o legados.

d)

Crear y organizar nuevas Facultades, Escuelas o servicios universitarios, o suprimir o refundir las ya creadas.

e)

Dictar los reglamentos de la Universidad y de sus distintas dependencias.

f)

Aprobar los planes-reglamentos, ascensos en el escalafón académico, requisitos para otorgar certificados varios, de calificaciones y títulos de los estudiantes.

g)

Colaborar en el estudio de los proyectos de reglamentos de las distintas profesiones, para cuyo ejercicio concedan títulos de idoneidad las facultades y dependencias de la Universidad.

h)

Aprobar el calendario y el horario de las Facultades o Escuelas, los programas de las mismas, la división del año académico y las fechas de los exámenes y pruebas de trabajos y estudios.

i)

Las demás que se desprendan de disposiciones legales o reglamentarias y los estatutos de la Universidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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