Artículo único. Apruébase la siguiente Resolución de la Oficina de Registro de Cambios del Banco de la República: "RESOLUCION NUMERO 1 DE 1951 (MARZO 31) La Oficina de Registro de Cambios del Banco de la República, en uso de las facultades que le confiere el Decreto número 0637 del 20 de marzo del presente año, RESUELVE:
Decreto 867 de 1951 →Vigente
Artículo 1
Decreto 867 de 1951 · Por el cual se aprueba la Resolución número 1 de la Oficina de Registro de Cambios del Banco de la República
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.