Micelio

Artículo 193

Sobre Los Metales Preciosos Obtenidos Al Beneficiar Las Escorias, Las Barrenaduras De Barra, Los Residuos De Laboratorio, La Participación Nacional Se Cobrará De Acuerdo Con El Promedio De Los Porcentajes Aplicados Durante El Lapso En Que Se Hayan Extraído Dichos Metales, Bien Sea Que Éstos Resultaren En Las Instalaciones Del Beneficiario O En Los Laboratorios Donde Se Hagan Los Ensayos De Las Barras

Decreto 2477 de 1986 · por el cual se reglamentan las Leyes 60 de 1967, 20 de 1969 y 61 de 1979 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Sobre los metales preciosos obtenidos al beneficiar las escorias, las barrenaduras de barra, los residuos de laboratorio, la participación nacional se cobrará de acuerdo con el promedio de los porcentajes aplicados durante el lapso en que se hayan extraído dichos metales, bien sea que éstos resultaren en las instalaciones del beneficiario o en los laboratorios donde se hagan los ensayos de las barras.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2477 de 1986