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Artículo 13

Dirección De Planeación Y Control De Gestión: Son Funciones De La Dirección De Planeación Y Control De Gestión Las Siguientes: 1

Decreto 117 de 2010 · por el cual se aprueba la estructura del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia de la Fuente de Lleras y se determinan las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dirección de Planeación y Control de Gestión: Son funciones de la Dirección de Planeación y Control de Gestión las siguientes

1.

Concertar con las Direcciones el desarrollo de políticas y programas para el cumplimiento de la misión institucional.

2.

Proponer y asistir a la Dirección General en la formulación, seguimiento y ajuste de la planeación del Instituto acorde con el Plan Nacional de Desarrollo.

3.

Proponer y asistir a la Dirección General en la formulación de políticas, estrategias, plan indicativo, plan de desarrollo administrativo, plan operativo anual, proyecto de presupuesto de inversión y funcionamiento, programas y todo lo relacionado con la planeación de la operación del Instituto, acorde con el Plan Nacional de Desarrollo.

4.

Planear y promover los procesos de investigación y lectura del entorno, dirigidos a la reorientación de las políticas del Instituto.

5.

Liderar la realización periódica de un diagnóstico de la situación del Instituto, en el cual se consolidé la información y se realice de conformidad con los resultados obtenidos, las propuestas tendientes a mejorar la calidad de los servicios, el cumplimiento de las funciones, la efectividad de los resultados, optimizar el uso de los recursos, modernizar y tecnificar la Entidad.

6.

Liderar el proceso de programación de metas sociales y financieras de la Entidad y su evaluación.

7.

Realizar el seguimiento financiero a las diferentes instancias del Instituto bajo la coordinación de la Dirección Financiera.

8.

Proponer a la Dirección General la adopción de políticas y sistemas de evaluación, seguimiento y supervisión a la operación y gestión de las Direcciones Regionales y Centros Zonales.

9.

Definir, de acuerdo con la focalización de los programas y servicios, la metodología, procedimientos, e instrumentos para garantizar la captura de la información de los usuarios y coordinar su consolidación en el Registro Unico de Beneficiarios (RUB).

10.

Definir los indicadores más adecuados para medir la gestión del área.

11.

Consolidar el Plan de Compras e identificar las necesidades de contratación de la Dirección.

12.

Participar en todas las instancias del proceso de compras y contratación en las que sea requerida el área por la Dirección de Logística y Abastecimiento Estratégico.

13.

Las demás que le sean asignadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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